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MINEDU: Orientaciones para el proceso de reasignación docente por las causales de interés personal y unidad familiar, para el año 2021 ( Descarga aquí)

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“Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres”
“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia”

Lima, 23 de agosto de 2021
OFICIO MÚLTIPLE N° 00058-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN

Señoras/es
DIRECTORES REGIONALES DE EDUCACIÓN
GERENTES REGIONALES DE EDUCACIÓN
DIRECTORES DE UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL
Presente. –
ASUNTO : Orientaciones para el proceso de reasignación docente por las causales de interés personal y unidad familiar, para el año 2021.

REFERENCIA : Resolución Viceministerial N°0245-2019-MINEDU1
Resolución Viceministerial N°0212-2021-MINEDU2

De mi mayor consideración:

Tengo el agrado de dirigirme a ustedes, con la finalidad de hacer de su conocimiento que, en el marco de las normas citadas en la referencia, se ha regulado que el proceso de reasignación docente por las causales de Interés Personal y Unidad Familiar, las mismas
que se llevarán a cabo entre los meses de setiembre a noviembre de cada año. Considerando, que en el contexto del actual estado de emergencia sanitaria nacional a consecuencia de la COVID -19, se les comunica que la DRE o la que haga sus veces y UGEL deben generar las condiciones necesarias para que el proceso de reasignación docente se realice en la forma que consideren pertinente (virtual o presencial) garantizando el cumplimiento de los protocolos sanitarios y de distanciamiento social, a fin de no poner en riesgo la salud e integridad de los implementadores y docentes postulantes.

En ese marco, en virtud de las medidas dispuestas por el Gobierno, y con la finalidad de realizar la implementación del mencionado proceso, se precisa lo siguiente:

a. La DRE/GRE/UGEL debe asegurar la tramitación de las solicitudes de reasignación a través de medios virtuales o no presenciales en sus distintas actividades, según corresponda, conforme con lo establecido en el numeral 30.1 del artículo 30 del Texto Único Ordenado de la Ley N°274443, Ley de Procedimiento Administrativo General.

b. Asimismo, deben generar las condiciones de trabajo remoto del personal a su cargo y del comité de reasignación, y de la misma manera activar un medio virtual para brindar la atención oportuna a los postulantes.

Plataforma de Reasignación Docente: 

c. Así también, se hace de su conocimiento que para el proceso de reasignación docente 2021 por las causales de interés personal y unidad familiar, una vez más el Minedu pone a su disposición la “Plataforma de Reasignación docente”; la cual además de permitir la ejecución de las diversas actividades del proceso de reasignación: postulación (registro en la plataforma), verificación de requisitos (apto o no apto), evaluación (otorgamiento de puntaje), adjudicación (emisión del acta de adjudicación) y emisión de la resolución; trae para el presente año otras novedades que harán más ágil el registro de los datos, ya que, cuenta con información predeterminada del sistema NEXUS, por otro lado, permitirá la emisión de reportes e indicadores con información que podrá ser exportada a formato Excel; en ese sentido se coadyuvará a las UGEL y DRE a desarrollar un proceso transparente.

d. El titular de la entidad deberá acreditar al responsable de la plataforma hasta el viernes 10 de setiembre del presente año, a través del siguiente formulario web: https://bit.ly/37OZ2QG a fin de que se le otorgue el usuario y contraseña de ingreso; asimismo, en dicho formulario deberá cargar el documento de acreditación, lo anteriormente indicado es de aplicación en el supuesto que se cambie al responsable de la plataforma. Las consultas referentes a la “Plataforma de reasignación docente”, deberán ser hechas al correo vicampos@minedu.gob.pe.

Aprobación del Cronograma Regional

e. La DRE o la que haga sus veces deberá elaborar y aprobar el cronograma regional previa coordinación con las UGEL de su ámbito territorial, las mismas que deberán ser remitidas al correo trayectoriaditen_03@minedu.gob.pe hasta el viernes 10 de
setiembre del 2021.

Identificación de Plazas

f. Para la selección de las plazas a prepublicar, se considerará la base de datos del Nexus remitida hasta el 10.09.2021, las mismas que considera todas las plazas orgánicas vacantes en instituciones educativas públicas de gestión directa e instituciones públicas de gestión por convenio de Educación Básica y Técnico Productiva.

No forman parte de la publicación de plazas:
 Las plazas eventuales
 La bolsa de horas
 Las plazas de profesor sin carga horaria en el sistema Nexus, en EBR Secundaria y EBA ciclo avanzado.
 Plazas bloqueadas
 Las plazas que no cuenten con las condiciones señaladas en el numeral 6.2.6 de la RVM N°0245-2019-MINEDU.
 Las plazas vacantes de profesor que se encuentran reservadas por designación (primer periodo).
 Las plazas excedentes como resultado de la evaluación extraordinaria del proceso de racionalización 2021.
 Las plazas elegidas para el retorno del personal designado que ha cumplido su segundo periodo de designación.
 Las plazas que forman parte del concurso de ingreso a la carrera pública magisterial, en el marco de la RVM N°001-2021-MINEDU y sus modificatorias.

La carga horaria de las áreas curriculares serán tomadas conforme a lo registrado en el sistema Nexus, que corresponde a los cuadro de horas aprobados para el presente año 2021, por tanto, cualquier cambio de área curricular no procederá.

g. El responsable de actualizar el sistema Nexus, debe validar cada plaza vacante y completar la familia y especialidad para las plazas del área curricular de Educación para el Trabajo de EBR secundaria y EBA ciclo avanzado, así como las plazas de la modalidad de Educación Técnico Productiva, para lo cual deberán considerar la familia y especialidad conforme al catálogo aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 085-2003-MINEDU4.

h. En el caso, que una plaza orgánica vacante prepublicada no tenga que ser considerada en la publicación final, se deberá marcar en el módulo de validación de plaza la opción NO y en el campo observaciones deberán señalar claramente el motivo que justifique su exclusión. En los casos donde requieran incorporar plazas no consideradas en la prepublicación, el responsable de actualizar el sistema Nexus remite el listado en archivo Excel con los campos considerados en la Prepublicación de plazas al correo: trayectoriaditen_03@minedu.gob.pe como máximo hasta el 24.09.2021, bajo responsabilidad.

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FUENTE: MINEDU