Nombramiento docente 2022

Nuevo Cronograma para ingreso de trayectoria profesional

Atención docente, aqui te brindamos información importante.

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Los postulantes realizan el procedimiento de inscripción exclusivamente a través del aplicativo disponible en el portal
institucional del Minedu, según el procedimiento establecido en el Documento Normativo. Cabe indicar que los profesores
inscritos en la convocatoria del 2021 mantienen su inscripción para el presente concurso. Asimismo, podrán actualizar
los datos consignados en su inscripción hasta el último día del plazo de esta actividad.
(b) Cada postulante rendirá la Prueba Nacional en una única fecha, la cual será programada y comunicada por el Minedu
en la publicación de los centros de evaluación.
(c) El postulante deberá ingresar al aplicativo dispuesto en el portal institucional del Minedu, elegir una única región donde
desee nombrarse y luego seleccionar la DRE o la(s) UGEL de su interés en esa región para ser evaluado en la Etapa
Descentralizada registrando su orden de preferencia. La selección realizada por el postulante permitirá su asignación
para ser evaluado por un único Comité de Evaluación en la Etapa Descentralizada.
(d) El Minedu dentro del plazo establecido en el cronograma, publica en el portal institucional la relación de postulantes por
UGEL o DRE y el local de evaluación donde el Comité aplicará los instrumentos de evaluación de la Etapa
Descentralizada.
(e) El Minedu dentro del plazo establecido en el cronograma, publica excepcionalmente en el portal institucional la relación
de postulantes por UGEL o DRE y el local de evaluación donde el Comité excepcional aplicará los instrumentos de
evaluación de la Etapa Descentralizada.
(f) El postulante que continúa en el concurso debe presentar ante cada Comité de Evaluación asignado, en el plazo
establecido por este, el expediente detallado en el numeral 5.6.9.2 del Documento Normativo del concurso que incluye
el Formulario de Cumplimiento de Requisitos y Valoración de la Trayectoria Profesional.
(g) Los Comités de Evaluación, dentro del plazo previsto para la presente actividad, deberán establecer su propio
cronograma para el adecuado desarrollo de la misma y para la presentación de expedientes que contengan el “Formulario
de Cumplimiento de Requisitos y Valoración de la Trayectoria Profesional”, la documentación que acredita el
cumplimiento de los requisitos, la trayectoria profesional, y de ser el caso, el derecho a recibir las bonificaciones de Ley.
(h) De acuerdo a lo informado por los Comités de Evaluación a través del aplicativo proporcionado por el Minedu.
(i) El postulante que superó los puntajes mínimos establecidos para la Etapa Nacional y la Etapa Descentralizada puede
realizar la selección de II.EE. de su interés para ser nombrado, se realiza a través del aplicativo dispuesto por el Minedu.
(j) El Minedu realizará la propuesta de adjudicación de una plaza alternativa al postulante en el aplicativo determinado por
Minedu. El postulante que reciba dicha propuesta deberá manifestar su conformidad o inconformidad en el aplicativo
dispuesto por el Minedu para tal fin.
(k) El postulante es responsable de verificar si existen plazas vacantes en la UGEL o DRE seleccionada. En caso verifique
que en la UGEL o DRE seleccionada no existan plazas vacantes debe realizar la selección de una UGEL o DRE con
plazas vacantes en el grupo de inscripción en el que dio la Prueba Nacional. Si no realiza la selección, el Minedu,
excepcionalmente le asignará la UGEL o DRE de acuerdo a los criterios establecidos en el numeral 5.6.15.3.4 del
documento normativo.
(l) Los postulantes que no lograron registrar el Formulario de Cumplimiento de Requisitos y Valoración de la
Trayectoria Profesional, en el plazo previsto para tal fin, deben presentar ante cada Comité de Evaluación
asignado, en el plazo establecido por éste, el expediente detallado en el numeral 5.6.9.2 del Documento
Normativo del concurso que incluye el Formulario de Cumplimiento de Requisitos y Valoración de la Trayectoria
Profesional. Esta actividad no comprende la posibilidad de realizar alguna modificación o subsanación a dicho
formulario por parte de los postulantes que realizaron el referido registro en la Etapa Descentralizada.
(m) La publicación de dichos resultados considera la aplicación de instrumentos de evaluación realizada en la Etapa
Descentralizada y la Fase Extraordinaria de acuerdo a lo informado por los Comités de Evaluación a través del
aplicativo dispuesto por el Minedu.
(n) El postulante que superó los puntajes mínimos establecidos para la Etapa Nacional y la Fase Extraordinaria
realiza la selección extraordinaria de II.EE. de su interés para ser nombrado, a través del aplicativo dispuesto por
el Minedu. Dicha disposición aplica también para el postulante que superó los puntajes mínimos establecidos
para la Etapa Nacional y la Etapa Descentralizada y que no haya resultado ganador de una plaza, quien puede
participar en la actividad de selección extraordinaria de II.EE. de su interés para ser nombrado en la Fase
Extraordinaria del presente concurso.

Fuente: Minedu